IVA e IRPF: qué pagas, cuándo y a quién

El año fiscal de un autónomo en estimación directa, sin jerga y en orden.

Guía NINO · actualizada el 25 de septiembre de 2026

Dos impuestos, dos lógicas

El IVA no es tuyo: lo cobras al cliente y se lo ingresas a Hacienda. Lo que pagas cada trimestre es la diferencia entre el IVA que has cobrado en tus facturas y el que has soportado en tus compras de la actividad.

El IRPF sí es tu impuesto: grava lo que ganas, ingresos menos gastos deducibles. No se paga de golpe en junio, se va adelantando durante todo el año por dos caminos: las retenciones de tus clientes empresa y el pago fraccionado trimestral.

El IVA, trimestre a trimestre

Se declara con el modelo 303, en los veinte primeros días de abril, julio y octubre, y en enero para el último trimestre del año.

La cuenta es sencilla: IVA repercutido (el de tus facturas) menos IVA soportado (el de tus gastos de la actividad). Si sale positivo, se ingresa. Si sale negativo, lo habitual es arrastrarlo al trimestre siguiente.

El tipo general es el 21 %, y hay tipos reducidos para determinadas operaciones — algunas obras de reforma en vivienda entran en el reducido si se cumplen los requisitos. Cuál te toca en cada trabajo depende del tipo de obra y del cliente: es una pregunta concreta para tu gestoría, no una regla general que puedas aplicar de memoria.

En enero se presenta además el resumen anual, el modelo 390.

El IRPF, por dos caminos

Las retenciones. Tus clientes empresa, autónomos y administraciones retienen un 15 % de la base de tus facturas — un 7 % el año de alta y los dos siguientes — y lo ingresan a tu nombre. A los particulares no se les retiene.

El pago fraccionado. El modelo 130, también trimestral: en líneas generales, un 20 % sobre lo ganado en el año hasta la fecha (ingresos menos gastos, incluida tu cuota de autónomos), descontando lo que ya te hayan retenido y lo ya pagado en trimestres anteriores.

La exención que mucha gente no conoce: si al menos el 70 % de tus ingresos anuales proceden de clientes que ya te retienen, no tienes que presentar el 130. Trabajar sobre todo para empresas tiene ese efecto secundario.

Y en primavera, la declaración de la renta pone todo en su sitio: si a lo largo del año has adelantado de más, se devuelve; si de menos, se paga.

Tu año, de un vistazo

Cada mes

La cuota de autónomos (RETA), domiciliada.

Abril, julio, octubre y enero

Modelo 303 (IVA) y, si te corresponde, modelo 130 (IRPF).

Enero

Resúmenes anuales: modelo 390 del IVA y, si has retenido a terceros, los que procedan.

Abril a junio

Declaración de la renta del año anterior.

Dónde entra NINO, y dónde no

Sí: presupuestos y proformas en PDF, enviados por WhatsApp, con tus clientes, tus citas y tu historial ordenados. Es la parte que decide si consigues el trabajo.

No: NINO no emite facturas, no presenta modelos y no sustituye a tu gestoría. Para eso sigues con tu programa de facturación y tu asesor.

Ver también: la factura de un autónomo · ser autónomo en España.

Esta guía es información general, no asesoramiento fiscal. Las cifras cambian cada año y tu caso puede tener particularidades: confírmalo con tu gestoría o en la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.

Preguntas frecuentes

¿Qué modelos presenta un autónomo cada trimestre?

El modelo 303 del IVA, y el modelo 130 del pago fraccionado del IRPF si estás en estimación directa y no estás exento. A cierre de año se suman los resúmenes anuales y la declaración de la renta.

¿Puedo librarme del modelo 130?

Sí, si al menos el 70 % de tus ingresos del año vienen de clientes que ya te practican retención. En ese caso ya vas adelantando IRPF por esa vía y no tienes que presentarlo.

¿Qué gastos me puedo deducir?

Los ligados a tu actividad y justificados con factura a tu nombre: material, herramientas, combustible y vehículo con sus reglas, seguros, gestoría, teléfono, formación. La regla práctica: sin factura no hay gasto, y el ticket del bar no es una factura.

¿Qué pasa si un trimestre me sale a devolver?

En el IVA, lo normal es compensarlo con los trimestres siguientes; la devolución en sí suele pedirse en el resumen anual. Si te pasa a menudo, merece una revisión con tu gestoría, porque suele indicar que compras mucho material y facturas poco margen.

Hacer esto en menos de un minuto

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Ver también: todas las guías · NINO en tu ciudad.